SECCIÓN 110. REQUISITOS DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS
A. Generalidades
110-2. Aprobación. Los conductores y equipos exigidos o permitidos por este código serán aceptados
sólo si están aprobados.
Nota. Véase el artículo 90-7, Inspección de las condiciones de seguridad de los equipos, y el artículo 110-3,
Examen, identificación, instalación y uso de los equipos. Véanse también las definiciones de "Aprobado",
"Identificado", "Rotulado" y "Certificado".
110-3. Examen, identificación, instalación y uso de los equipos.
a) Examen. Al evaluar un equipo, hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones:
1) Si es adecuado para su instalación y uso según lo establecido en este código.
2) Su resistencia mecánica y su durabilidad, incluida la calidad de la protección que proporcionan
a otros equipos las partes diseñadas para encerrarlos y protegerlos.
3) El espacio para los bucles de cables y las conexiones.
4) El aislamiento eléctrico.
5) Los efectos del calentamiento en condiciones normales de uso y también en condiciones
anormales que puedan presentarse durante el servicio.
6) Los efectos de los arcos eléctricos.
7) Su clasificación por tipo, tamaño, tensión, capacidad de corriente y uso específico.
8) Otros factores que contribuyan a la salvaguardia de las personas que utilicen o que puedan
entrar en contacto con el equipo.
b) Instalación y uso. Los equipos certificados o rotulados se deben instalar y usar según las
instrucciones incluidas en el certificado o en el rótulo.
110-4. Tensiones. A lo largo de este código, las tensiones consideradas deben ser aquéllas a las que
funcionan los circuitos. La tensión nominal de un equipo eléctrico no debe ser inferior a la tensión nominal
del circuito al que está conectado.
110-5. Conductores. Los conductores normalmente utilizados para transportar corriente deben ser de
cobre, a no ser que en este código se indique otra cosa. Si no se especifica el material del conductor, el
material y los calibres que se den en este código se deben aplicar como si fueran conductores de cobre.
Si se utilizan otros materiales, los calibres se deben cambiar conforme a su equivalencia.
Nota. Para conductores de aluminio y de aluminio revestido de cobre, véase el artículo 310.15.
110-6. Calibre de los conductores. Los calibres de los conductores se expresan en milímetros
cuadrados (mm2
), seguidos por su equivalente entre paréntesis en AWG (American Wire Gage) o en mils
de circunferencia (kcmil).
Nota. Para la conversión de circular mil (milipulgada circular) a unidades del SI, véase la norma NTC 3669
Factores de conversión, Parte 1.
110-7. Condición del aislamiento. Todos los conductores eléctricos deberán quedar instalados de
manera que el sistema completo esté libre de cortocircuitos y de contactos a tierra distintos de los
necesarios o permitidos en la sección 250.
110-8. Métodos de alambrado. En este código sólo se incluyen métodos de alambrado reconocidos
como adecuados. Los métodos reconocidos de alambrado se deben poder instalar en cualquier tipo de
edificio o estructura, siempre que en este código no se indique otra cosa.
110-9. Capacidad de interrupción nominal. Los equipos destinados para interrumpir las corrientes de
falla, deben tener una capacidad de interrupción nominal suficiente para la tensión nominal del circuito y
para la corriente disponible en los terminales de línea del equipo. Los equipos destinados para interrumpir
la corriente a otros niveles distintos del de falla, deben tener una capacidad de interrupción a la tensión
nominal del circuito, suficiente para la corriente que deba interrumpir.
110-2. Aprobación. Los conductores y equipos exigidos o permitidos por este código serán aceptados
sólo si están aprobados.
Nota. Véase el artículo 90-7, Inspección de las condiciones de seguridad de los equipos, y el artículo 110-3,
Examen, identificación, instalación y uso de los equipos. Véanse también las definiciones de "Aprobado",
"Identificado", "Rotulado" y "Certificado".
110-3. Examen, identificación, instalación y uso de los equipos.
a) Examen. Al evaluar un equipo, hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones:
1) Si es adecuado para su instalación y uso según lo establecido en este código.
2) Su resistencia mecánica y su durabilidad, incluida la calidad de la protección que proporcionan
a otros equipos las partes diseñadas para encerrarlos y protegerlos.
3) El espacio para los bucles de cables y las conexiones.
4) El aislamiento eléctrico.
5) Los efectos del calentamiento en condiciones normales de uso y también en condiciones
anormales que puedan presentarse durante el servicio.
6) Los efectos de los arcos eléctricos.
7) Su clasificación por tipo, tamaño, tensión, capacidad de corriente y uso específico.
8) Otros factores que contribuyan a la salvaguardia de las personas que utilicen o que puedan
entrar en contacto con el equipo.
b) Instalación y uso. Los equipos certificados o rotulados se deben instalar y usar según las
instrucciones incluidas en el certificado o en el rótulo.
110-4. Tensiones. A lo largo de este código, las tensiones consideradas deben ser aquéllas a las que
funcionan los circuitos. La tensión nominal de un equipo eléctrico no debe ser inferior a la tensión nominal
del circuito al que está conectado.
110-5. Conductores. Los conductores normalmente utilizados para transportar corriente deben ser de
cobre, a no ser que en este código se indique otra cosa. Si no se especifica el material del conductor, el
material y los calibres que se den en este código se deben aplicar como si fueran conductores de cobre.
Si se utilizan otros materiales, los calibres se deben cambiar conforme a su equivalencia.
Nota. Para conductores de aluminio y de aluminio revestido de cobre, véase el artículo 310.15.
110-6. Calibre de los conductores. Los calibres de los conductores se expresan en milímetros
cuadrados (mm2
), seguidos por su equivalente entre paréntesis en AWG (American Wire Gage) o en mils
de circunferencia (kcmil).
Nota. Para la conversión de circular mil (milipulgada circular) a unidades del SI, véase la norma NTC 3669
Factores de conversión, Parte 1.
110-7. Condición del aislamiento. Todos los conductores eléctricos deberán quedar instalados de
manera que el sistema completo esté libre de cortocircuitos y de contactos a tierra distintos de los
necesarios o permitidos en la sección 250.
110-8. Métodos de alambrado. En este código sólo se incluyen métodos de alambrado reconocidos
como adecuados. Los métodos reconocidos de alambrado se deben poder instalar en cualquier tipo de
edificio o estructura, siempre que en este código no se indique otra cosa.
110-9. Capacidad de interrupción nominal. Los equipos destinados para interrumpir las corrientes de
falla, deben tener una capacidad de interrupción nominal suficiente para la tensión nominal del circuito y
para la corriente disponible en los terminales de línea del equipo. Los equipos destinados para interrumpir
la corriente a otros niveles distintos del de falla, deben tener una capacidad de interrupción a la tensión
nominal del circuito, suficiente para la corriente que deba interrumpir.
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